

Se comunica mediante la presente los retiros y prohibiciones publicadas en el Boletín Oficial y/o en página oficial de ANMAT:
Disposición 8000/2025
ARTÍCULO 1°.- Levántase parcialmente la inhibición de las actividades productivas dispuesta mediante DI-2025-7254-APN-ANMAT#MS a la firma LABORATORIOS BETA S.A. (CUIT N° 30-50152188-0), con domicilio en Av. San Juan N° 2256, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, planta en Ruta N° 5 N° 3753, Parque Industrial La Rioja, Provincia de La Rioja y depósito de materias primas y material de acondicionamiento en la calle San Martín N° 4751, Florida, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, por las razones expuestas en el considerando de la presente Disposición
ARTÍCULO 2°.- Ratifícase la inhibición de las actividades productivas dispuesta mediante DI-2025-7254-APN-ANMAT#MS a la firma LABORATORIOS BETA S.A. (CUIT N° 30-50152188-0), con domicilio en Av. San Juan N° 2256, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, planta en Ruta N° 5 N° 3753, Parque Industrial La Rioja, Provincia de La Rioja y depósito de materias primas y material de acondicionamiento en la calle San Martín N° 4751, Florida, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, exclusivamente sobre la especialidad medicinal EXOTRAN (Mesalazina 500 mg, Certificado Nº 53.080), hasta tanto se verifique el cumplimiento efectivo de las acciones correctivas establecidas.
ARTÍCULO 3º.- Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese al Instituto Nacional de Medicamentos. Comuníquese la medida dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.