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INFORMATIVO N*097. Ministerio de Salud Pública

2021-11-01

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

 El Ministerio de Salud ha retomado con normalidad el seguimiento de los expedientes y el control sanitario en las farmacias. 
Por tal motivo les recordamos a fin de evitar inconvenientes que las farmacias deben cumplir con el horario de atención, con la presencia del profesional farmacéutico, y con el cumplimento de los turnos en caso de corresponder. 
Asimismo, al momento de la inspección deben tener con toda la documentación que respalde a la farmacia:
1. Disposición de habilitación
2. Si hacen horario extendido deben contar con la disposición que los autorice, y con las correspondientes disposiciones de designación de farmacéuticos auxiliares. 
3. Si no realizan el turno, certificado de eximición del mismo.
4. Cartelera de turno informando a la población las dos farmacias más cercanas de turno. 
5.  Asegurar la presencia de un farmacéutico por cada módulo de 8 horas. Les recordamos que ante la ausencia del Director Técnico la ley 17.565 en su art. 26 prevé que el mismo firma el libro indicando la hora en que se retira y lo mismo al reintegrarse.

Transcribimos: Artículo 26. “Toda vez que el director técnico de una farmacia deba ausentarse momentáneamente, dentro del horario establecido para la atención al público, lo que sólo podrá hacer por causas excepcionales y no reiteradas, deberá dejar constancia firmada en el libro recetario, anotando la hora de salida y regreso. Durante estas ausencias momentáneas, la atención de las farmacias podrá quedar a cargo de:  
a) Farmacéuticos auxiliares, pudiéndose en estos casos despachar recetas médicas;  
b) Auxiliares de despacho. En estos casos sólo podrán despacharse productos de venta libre.  
La ausencia del director técnico de su farmacia durante tres inspecciones consecutivas en días y horas distintos, lo hará pasible de las sanciones pertinentes y, en caso de nuevas reincidencias, podrá procederse a la clausura del establecimiento.”

6. Los libros deben encontrarse en la farmacia a disposición y pasados al día.  
7. Las heladeras con control de temperatura al día.
8. Plano aprobado y que coincida con la estructura edilicia. 
9. Cumplir con las normas que establece la ley 17565 y sus normas complementarias. 
Ante cualquier duda comunicarse en el horario de atención a nuestras oficinas con Ximena Vargas Sanz 43310951/57 o al 15-3219-5139. 

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