

Se comunica mediante la presente los retiros y prohibiciones publicadas en el Boletín Oficial y/o en página oficial de ANMAT:
Disposición 3522/26, se prohíbe el uso, la comercialización, la publicidad, la publicación en plataformas de venta en línea y la distribución en todo el territorio nacional del siguiente producto:
- Dentífrico en polvo con carbón natural - CARBON WHITE, lote 2505/0, vencimiento 12/2027, contenido neto 25 g, hecho en Argentina, Elab. Leg: 2582, Res. 155/98, para CARBONWHITE – LIKE S.R.L., Tucumán 304, Paraná, Entre Ríos, en todas sus presentaciones y contenidos netos
La medida fue tomada luego detectar que el producto en cuestión presentaba una denominación, marca y presentación similares a las de un dentífrico legítimamente inscripto ante esta Administración Nacional.
Durante la investigación, se consultó a la firma responsable del producto original, la cual informó que no había participado en ninguna etapa de elaboración del producto cuestionado. Asimismo, se verificó que el número de legajo declarado en el etiquetado no corresponde actualmente a ningún establecimiento habilitado para la elaboración de productos cosméticos.
En consecuencia, se determinó que el producto presentaba información falsa sobre su inscripción sanitaria, siendo imposible garantizar sus condiciones de fabricación, calidad, seguridad ni adecuación a la normativa sanitaria vigente.
La medida fue adoptada con el objetivo de proteger la salud de la población y garantizar que los productos cosméticos comercializados en el país cumplan con los requisitos de seguridad, calidad y eficacia establecidos por la normativa vigente.
Disposición 3492/26, se prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los modelos y medidas de los productos médicos:
- Pesario tipo Dumont Paliers de Silicona Hipoalergénica (PF - Industria Argentina)
- Corrector nocturno para Hallux articulado (Grupo Ortopedia Modelo)
- Inmovilizador de muñeca (Grupo Ortopedia Modelo)
La medida fue adoptada luego de tareas de fiscalización que permitieron detectar la comercialización de estos productos por parte de la firma Grupo Ortopedia Modelo 5028 S.R.L. sin los registros sanitarios correspondientes ante ANMAT. Además, la firma no contaba con habilitación para realizar actividades de fabricación, importación o distribución interjurisdiccional de productos médicos. Por último, se observó que algunos de los productos no declaraban información esencial como lote, fecha de elaboración, fabricante o importador responsable.
Luego de consultar el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica se confirmó que tanto los productos involucrados como la firma responsable no se encontraban registrados ante esta Administración Nacional.
Con el objetivo de proteger la salud pública, ANMAT dispuso la prohibición de los productos mencionados.
Además, se prohibió a la firma Grupo Ortopedia Modelo 5028 S.R.L. distribuir y comercializar productos médicos destinados al tránsito interjurisdiccional hasta tanto obtenga la habilitación correspondiente.
Disposición 3524/2026, se prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos cosméticos infantiles hasta tanto se encuentren debidamente regularizados:
- “Mascarilla facial MOUSE” marca “MILLION PAULINE”, 23 ml, made in P.R.C., vencimiento 11/12/2027.
- “Pack Toallas húmedas mini CAPYBARA” marca “MBMP”, vencimiento 08/10/2027.
- “Rubor blusher love” marca “RIMOCOO”, made in P.R.C.
- “Labial lip gloss UNICORN” marca “RIMOCOO”, made in P.R.C., vencimiento 14/03/2027.
- “Labial lip balm long-lasting waterproof LABUBU” marca “MEIKE GLAMOUR”, 28 g, made in P.R.C., vencimiento 28/05/2030.
- “Set de labiales color changing lipstick STRAWBERRY SWEET” marca “DRAGON RANEE”, vencimiento 19/09/2027.
La medida se originó a partir de tareas de fiscalización y control de mercado realizadas por ANMAT, durante las cuales se detectó que ninguno de los productos contaba con la inscripción correspondiente. Además, no fue posible identificar un ingreso al país a través de los mecanismos legales de importación y control previstos para este tipo de productos.
Por tratarse de cosméticos ilegítimos, no es posible garantizar que hayan sido elaborados bajo condiciones higiénico-sanitarias adecuadas ni que contengan ingredientes permitidos por la normativa vigente. En consecuencia, se dispuso su prohibición hasta tanto se encuentren debidamente regularizados.
Esta medida fue adoptada con el objetivo de proteger la salud de la población y poder garantizar la seguridad, calidad y eficacia de los productos que esta Administración Nacional regula.
Disposición Nº 3483/2026, se prohíbe el uso, la comercialización, la distribución en todo el territorio nacional del siguiente producto:
- ORAMORPH 2 MG/ML SOLUCIÓN ORAL, MORFINA, SULFATO, VÍA ORAL, FRASCO CON 100 ML DE SOLUCIÓN ORAL, LOTE 23039201 CAD 08 2026.
La medida se originó a partir de una denuncia recibida sobre la legitimidad de una unidad del producto que habría sido adquirida en una farmacia de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe. Según se informó, un paciente no habría obtenido el efecto terapéutico esperado en su utilización.
Ante esta situación, ANMAT realizó una inspección en el establecimiento del laboratorio titular donde se verificó que la unidad sospechada correspondía a una presentación que no se comercializa en el país.
Asimismo, el fabricante confirmó que, si bien existe una presentación similar comercializada en otros mercados, la unidad detectada en Argentina no corresponde a un producto original, ya que presenta diferencias en características de su envase, particularmente en el sistema de cierre del frasco. Por este motivo, se concluyó que se trata de un producto falsificado.
Oportunamente ya se había publicado una advertencia acerca de la falsificación de estas unidades con las imágenes comparativas.
Por todo lo expuesto, ANMAT prohibió el uso, la comercialización y la distribución del producto mencionado en todo el territorio nacional. La medida fue tomada con el objetivo de proteger la salud de la población, ya que se desconoce el origen y la composición del producto involucrado.