ANMAT
Se informa mediante la presente los retiros y prohibiciones publicadas por ANMAT en el boletín oficial.
Disposición 7502/2024
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea de los repelentes de insectos de origen nacional, en todos los lotes, presentaciones y contenidos netos: REPELENTE NATURAL DE AEDES AEGYPTI, marca CHAKRA PROFESIONAL; REPELENTE NATURAL DE MOSQUITOS, marca CHAKRA PROFESIONAL; y REPELENTE DE VAINILLA EXTRACTO NATURAL, marca CHAKRA PROFESIONAL.
ARTÍCULO 2º: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación, a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección de Relaciones Institucionales y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.