

ANMAT advierte sobre tiras reactivas ACCU CHEK GUIDE con holograma adulterado
La medida fue tomada luego de detectarse unidades del producto falsificadas.
La firma ROCHE DIABETES CARE ARGENTINA SA, titular del producto médico ACCU CHEK Guide 50 tiras reactivas (PM 2276-8576), informó que detectó la existencia en el mercado de unidades falsificadas del mismo.
Se trata de tiras reactivas para ser utilizadas con el medidor de glucemia Accu-Chek Guide para la determinación de glucosa en sangre.
La empresa implementó un holograma sobre el código de barras del producto como medida de seguridad, pero a raíz de una consulta de una farmacia ubicada en la provincia de Santa Fe, la empresa recibió dos unidades de “ACCU CHEK Guide 50 tiras reactivas, LOT 105938, vto. 2027-07-17” que resultaron tener el holograma de seguridad falsificado.
Debido a que estos productos no han sido ingresados al país y distribuidos por su titular de registro, se desconoce su estado y aptitud. En consecuencia, ANMAT recomienda:
- A los pacientes: si posee en su poder el producto de mención se solicita constatar su holograma antes de utilizarlo de acuerdo al instructivo elaborado por la firma -detallado a continuación. A la vez, ponerse en contacto con pesquisa@anmat.gob.ar o con ANMAT Responde. o al centro de atención al cliente de la firma 0800-333-6365.
- A los distribuidores y establecimientos sanitarios que cuenten con unidades de este lote, segregarlos debidamente identificados, y no distribuirlos ni dispensarlos hasta tanto se emita una nueva medida oficial.
Por otro lado, ANMAT prohíbe unidades de productos médicos de la marca Stryker que fueron extraviadas
La medida fue tomada luego de que la empresa titular notificara el extravío de los productos, por lo que se desconoce su estado actual y no puede garantizarse su seguridad.
Mediante la Disposición N° 3754/2026, se prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de las siguientes unidades de productos médicos de la marca Stryker:
- Portabrocas con llave 1/4" (6,4 mm), identificado como: "Stryker, 6203131000, (serie) 22017".
- Accesorio Hudson®/Trinkle modificado, identificado como: "Stryker, 6203135000, (serie) 21316".
- Sierra sagital System 7, identificada como: "Stryker, 7208000000, (serie) 1834416433".
- Pieza de mano rotatoria, gatillo doble System 8, identificada como: "Stryker, 8205000000, (serie) 140276".
- Instrumental asociado - martillo, identificado como: "Stryker, 18060170, (serie) K1B3145".
Se trata de cuatro unidades de "Piezas de manos y accesorios", registrado mediante PM 594-471 y autorizado para procedimientos traumatológicos (corte, perforación y fresado, entre otros), junto con una unidad de "Sistema Ortopédico de Fijación Ósea e Instrumental Asociado", registrado mediante PM 594-448 y autorizados como implantes no activos para estabilización ósea temporal.
La medida se tomó a partir de una notificación realizada por la firma Stryker Corporación Sucursal Argentina, que informó el extravío de estos productos médicos registrados bajo su titularidad. Según indicó la empresa, los dispositivos se encontraban almacenados bajo la modalidad de banco de consignación en una institución sanitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su ausencia fue detectada al momento de ser requeridos para su utilización.
Posteriormente, la empresa aportó información adicional que permitió identificar cada uno de los productos involucrados mediante sus números de serie y códigos de identificación. Asimismo, confirmó que todos los dispositivos poseen grabados permanentes de marca y número de serie, lo que facilita su reconocimiento y trazabilidad.
Dado que los productos extraviados quedaron fuera del control de la empresa titular, se desconoce su estado de conservación, integridad y funcionamiento, por lo que no es posible garantizar que mantengan las condiciones de seguridad, calidad y eficacia requeridas para su uso. Esta situación podría representar un riesgo para la salud de pacientes y usuarios.
Por este motivo, ANMAT dispuso la prohibición de uso, comercialización y distribución de las unidades identificadas, con el objetivo de prevenir su utilización.
Por último, ANMAT prohíbe distintos productos cosméticos de la marca TAN ORGÁNICO
La medida fue tomada porque los productos se comercializaban sin los registros correspondientes.
mediante la Disposición N° 3754/2026, se prohíbe el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y la distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos cosméticos de la marca TAN ORGÁNICO, en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos:
- Crema corporal autobronceante orgánica
- Crema humectante prolongadora del color
- Bruma facial autobronceante
- Tanning drops
- Mousse autobronceante
- Gel exfoliante corporal
- Crema autobronceante facial
La medida fue tomada luego de verificar que los rótulos de los productos no exhibían datos de inscripción sanitaria. Asimismo, al consultar la base de datos de cosméticos registrados ante ANMAT, no se encontraron antecedentes que permitieran vincular los datos identificatorios de estos productos con registros vigentes.
Por este motivo, ANMAT también intervino para gestionar la baja de las publicaciones de venta electrónica que promocionaban estos productos. Debido a que se trata de cosméticos no inscriptos, se desconoce el establecimiento responsable de su elaboración y no es posible garantizar su seguridad, eficacia ni la composición de sus ingredientes.
Por todo eso ANMAT dispuso la prohibición de uso, comercialización, publicidad, distribución y venta en línea de estos productos hasta que su situación sea regularizada.