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NoticiasInformativosINFORMATIVO Nº 064 GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (FRACCIÓN SECOS)

INFORMATIVO Nº 064 GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (FRACCIÓN SECOS)

2026-05-19

Por medio del presente, les recordamos que conforme la normativa vigente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de higiene urbana y gestión integral de residuos sólidos urbanos, los establecimientos comerciales —entre ellos las farmacias y droguerías — que encuadren como Generadores Especiales se encuentran obligados a inscribirse en el Registro de Generadores Especiales de Residuos Sólidos Urbanos – Fracción Secos (ReGE).

Asimismo, las farmacias y droguerías alcanzadas por la normativa deben cumplir con las obligaciones vinculadas a la correcta separación y disposición de residuos reciclables o “fracción secos”, entre ellos:

  • cartón,
  • papel,
  • nylon,
  • plásticos,
  • envases,
  • y demás materiales reciclables.

En tal sentido, resulta necesario:

  • realizar la separación de residuos en origen;
  • contar dentro del establecimiento con recipientes y/o tachos diferenciados para residuos secos;
  • disponer los residuos conforme las modalidades previstas por el GCBA;
  • respetar los horarios reglamentarios de disposición en vía pública;
  • y mantener condiciones adecuadas de higiene y acopio transitorio.

Recordamos que la normativa vigente faculta a la autoridad de aplicación a realizar inspecciones y requerir:

  • constancia de inscripción en el ReGE;
  • cumplimiento de separación diferenciada;
  • acreditación de correcta disposición de residuos;
  • y adecuadas condiciones de higiene urbana.

El incumplimiento de dichas obligaciones puede derivar en:

  • actas de infracción;
  • intimaciones;
  • multas económicas;
  • e incluso clausuras preventivas o sancionatorias en casos de reincidencia o incumplimientos graves, conforme lo previsto en la Ley 451 y normativa complementaria.

Por tal motivo, recomendamos a todas las farmacias y droguerías asociadas verificar:

  1. si se encuentran alcanzadas por la obligación de inscripción;
  2. el correcto funcionamiento del sistema interno de separación de residuos;
  3. y el cumplimiento de los horarios y modalidades de disposición establecidos por el GCBA.

Aquellas farmacias y droguerías que aún no hayan realizado la inscripción podrán comunicarse con ASOFAR a través de tramites@asofar.com.ar a fin de gestionar el trámite correspondiente y recibir el asesoramiento necesario.

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