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INFORMATIVO N* 031 IOMA NUEVA MODALIDAD PARA LA DISPENSA DE ACCESORIOS

2024-04-12

IOMA 
NUEVA MODALIDAD PARA LA DISPENSA DE ACCESORIOS

                                      Desde el Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Buenos Aires nos informan que ya  se encuentra operativa la nueva modalidad para la dispensa de los accesorios de IOMA y que transcribimos a continuación:

"Ya está activo el validador y pueden comenzar a brindar la prestación de accesorios Ingresando a https://www.colfarmaonline.org.ar/ (Banner) las farmacias prestadoras del Plan IOMA Accesorios podrán adherir al plan de pagos de la deuda y las nuevas condiciones de atención. Para efectuar la dispensa, la farmacia deberá validar a través de colfarmaonline.org.ar      

La Mesa de Ayuda está preparada para responder sus consultas a través de:
– WhatsApp wa.me/5492216547529
– 0810 333 4133
– 02214290900
– Mail: ayudaonline@colfarma.org.ar
Aspectos generales de la Adenda al convenio ( respecto del segmento accesorios )

Se mantiene el convenio en forma exclusiva con el Colegio ( respecto del segmento accesorios  ).
Cláusula de suspensión por falta de pago.
Mecanismo de actualización de valores de los accesorios.
NO ES UN MODELO COMO EN MEPPES, en el que IOMA acuerda la provisión y el pago con el laboratorio y las farmacias cobran un monto por la dispensa. Para accesorios en el nuevo modelo IOMA le pagará al Colegio la prestación completa.
Ahora tendremos un listado de productos que la farmacia deberá dispensar de su stock y otro listado «vía provisión» que la farmacia NO deberá dispensar de su stock, porque le será provisto por las droguerías del convenio.
Las droguerías se integrarán al convenio al momento de cumplir los requisitos técnicos.
Pago de la deuda: Deuda consolidada Accesorios y autorizados 678, período Agosto/23 – Enero/24. Cancelación del 40 % de la deuda dentro del primer mes de la firma del acuerdo. Con un pago inicial de dos prestaciones juntas (agosto/setiembre) al momento de la firma del Acta. Las farmacias prestadoras ya recibieron el pago inicial de la deuda.
El resto se abonará en seis cuotas mensuales y consecutivas. La primera cuota será cancelada dentro del mes de abril. El resto de las dispensas (febrero, marzo y abril) deberán ser auditadas en comisión mixta, dentro los treinta días, para luego consolidar deuda y definir pago.
Forma de pago de la prestación:
– Para los productos que se dispensen “Vía Provisión” (pañales, diabetes, ostomía y cateterismo, o sea, los que no se dispensan con stock de la farmacia y serán provistos por las droguerías del convenio) la farmacia cobrará el 20% del PVP del producto de la siguiente manera:

Las dispensas efectuadas entre los días 1 y el 15 de cada mes, se abonaran a los (5) cinco días hábiles del cierre online quincenal, el cual se genera automáticamente, sin la necesidad que la farmacia realice el mismo.
Las dispensas efectuadas entre el día 16 hasta el final del mes, se abonaran a los (5) cinco días hábiles del cierre online mensual que habitualmente realiza la farmacia, de acuerdo al cronograma estipulado por el colegio central.
– Para los accesorios que se dispensen desde el stock de la farmacia, se abonará de la siguiente manera:

Por las dispensas efectuadas entre los días 1 y el 15 de cada mes, se abonará un anticipo del 50 % de lo validado, a los (5) cinco días hábiles del cierre online quincenal, el cual se genera automáticamente,sin la necesidad que la farmacia realice el mismo.
Por las dispensas efectuadas entre el día 16 hasta el final del mes, se abonaran a los (5) cinco días hábiles del cierre online mensual que habitualmente realiza la farmacia, de acuerdo al cronograma estipulado por el colegio central.
El saldo se abonará a los (30) treinta días de efectuada la presentación en IOMA.
Provisión y dispensa:
a- Tiras reactivas para glucemia, Agujas para insulina, Lancetas, Pañales, Productos de Ostomía, Sondas / Cateterismo intermitente: Serán provistos a las farmacias, para su posterior dispensa, a través del sistema de provisión gestionada por las droguerías del convenio. La farmacia no deberá cancelar el pago a dichas droguerías.

Las farmacias no deberán dispensar estos productos de su stock, siendo que los mismos serán provistos por las droguerías del convenio a las 72 horas aproximadamente de efectuada la validación.

Por las dispensas realizadas, las farmacias percibirán un margen del PVP:

– Tiras reactivas para glucemia, agujas para insulina y lancetas: será del 20% del PVP del producto al momento de la dispensa.

– Ostomía: será del 20% del PVP vigente al momento de la atención. (Conforme lista de precios del proveedor).

– Sondas / Cateterismo intermitente: será del 20% del PVP al momento de la atención. (Conforme lista de precios del proveedor).

– Pañales: será del 20% del valor convenido (que se ajustará a través de la comisión de seguimiento).

– Pañal adulto: $ 752,52
– Pañal niño: $ 450,00

b- Resto de los accesorios y fórmulas magistrales (excepto los segmentos anteriormente descriptos): serán dispensados por las farmacias de su stock y facturados a los valores que determina el sistema de validación, según un listado convenido entre el Colegio y el IOMA.
Se adjunta listado de resto de accesorios y fórmulas magistrales dispensados desde el stock que tenga la fcia.

Estos valores serán actualizados de manera bimestral según IPC (índice de precios al consumidor).

Circuito Operativo:
El nuevo circuito establece validaciones en línea con el IOMA. Para efectuar la dispensa la misma será autorizada previamente a través de un token que deberá suministrar el afiliado (que obtendrá previamente a través de los canales que establezca el IOMA o desde un dispositivo móvil al momento de la dispensa). El token es un mecanismo de pre auditoría y de seguridad exigido por el Instituto. El que otorga IOMA previamente tendrá mayor duración y el paciente lo recibirá en una delegación, o por mail o por whatsapp.

Descripción del circuito:
IOMA pone a disposición de los afiliados las órdenes de autorización. Luego el afiliado concurre a la farmacia con la orden de autorización obtenida en su dispositivo móvil a través de la app de IOMA (no siendo necesaria la impresión en papel de la misma). También podrá presentar la orden de autorización en papel (previamente obtenida en una delegación), o por mail o por whatsapp. Es importante aclarar que las autorizaciones vencidas no estarán disponibles en el sistema o serán rechazadas por el mismo.

IMPORTANTE: la validación todavía no se encuentra disponible en los facturadores.

Una vez cargado el token en el sistema el mismo podrá arrojar respuesta de token válido o inválido. En el caso de token válido, las respuestas pueden ser:

Rechazo de la dispensa.
Autorización de la dispensa: el sistema emitirá un comprobante, no fiscal, denominado OPF / Comprobante de validación. Si el insumo es con provisión por las droguerías del convenio, verá un aviso en la pantalla y en la OPF. Si no ve ningún aviso, deberá dispensarlo del stock de la farmacia.
Se debe imprimir la OPF/Comprobante de validación, para su posterior presentación en la facturación. No se debe adjuntar la orden de provisión en papel ni receta magenta. En dicha OPF/Comprobante de validación se deberán adjuntar los troqueles o código de barras, en caso de corresponder. Además deberá constar la conformidad del paciente, como así también firma y sello de la farmacia.

Para el caso de los insumos con provisión por parte de la droguería del convenio, en el mismo momento que termina la autorización el sistema genera el pedido a dicha droguería. La misma efectuará la provisión del accesorio correspondiente a los segmentos de pañal, diabetes, ostomía y cateterismo intermitente, a partir de las 72 horas de efectuada la validación. Es preciso señalar que es probable que se produzcan demoras más allá del plazo mencionado al inicio de la nueva modalidad. El instituto ya está informando a los afiliados sobre los tiempos de entrega.

Una vez que la farmacia recibe el insumo por parte de la droguería del convenio, procede a la dispensa y deberá efectuar en el sistema la certificación de la entrega.

En el caso que por algún motivo (error en la provisión, rechazo del afiliado, fallecimiento, etc.) no se concrete la dispensa al afiliado, la farmacia podrá generar la anulación desde la misma pantalla y se activará el recall del producto.

Para el caso de los accesorios que la farmacia dispensa de su stock, una vez autorizada la dispensa e informada la certificación de entrega, culmina la dispensa con la impresión de la OPF/Comprobante de validación, con la conformidad del afiliado, etc., para su posterior presentación y elevación al cobro.

Liquidación y cierre mensual:
De acuerdo al cronograma la farmacia procederá a efectuar el cierre de liquidación y presentación física de todas las OPF/Comprobante de validación correspondientes a las validaciones efectuadas en el período,  conforme lo indique el Colegio Central.

Antes del cierre la farmacia podrá retener aquella validación cuya entrega esté pendiente (que no haya llegado el insumo por la droguería de convenio, por ejemplo) y proceder al cierre de las dispensas validadas.

Las validaciones retenidas podrán ser presentadas solo en la liquidación del mes inmediatamente posterior.

En el resumen de liquidación se especificarán los montos correspondientes al cobro de las dispensas efectuadas con provisión asistida y los montos que corresponden a las dispensas efectuadas a precio de convenio del stock de la farmacia.

A la brevedad ofreceremos un instructivo para el cierre y facturación.

Circuito comercial:
Para la provisión de los segmentos pañales, diabetes, ostomía y cateterismo intermitente, la droguería entregará los productos facturados a la farmacia. Estas facturas se dispondrán por un canal diferente al resumen habitual de la farmacia, por lo que no afectarán el crédito que pudiera tener la farmacia con dicha droguería. La cancelación de la factura es a cargo del convenio. La farmacia no deberá pagar dicha provisión, luego recibirá el comprobante de cancelación de esa factura.

Ante una falta de pago del IOMA, en la nueva adenda del convenio existe una cláusula de suspensión de la prestación por falta de pago, pero además el operador logístico asume la responsabilidad por el pago de las prestaciones, entregadas y validadas por las farmacias hasta la eventual interrupción, eximiendo de responsabilidad a las farmacias.

Con respecto a la parte impositiva es preciso destacar que se trata de una transacción comercial habitual, en la que se pagarán impuestos de acuerdo a la normativa vigente. La novedad en este modelo, es que la factura de la droguería será cancelada cuando pague el IOMA. De esta manera la farmacia queda desobligada de cancelar la droguería.

Las farmacias que no operen con las droguerías designadas, podrán validar, autorizar las recetas y efectuar el pedido de provisión con total normalidad. No obstante, para que puedan recibir los productos solicitados, serán contactadas por la mesa de ayuda, la cual requerirá la siguiente documentación, al solo efecto de poder proveer los insumos del convenio.

– Dispone ministerial.

– Constancia de ingresos brutos.

– Constancia de CUIT.

– Constancia de no retención en caso de estar exceptuadas.

A medida que las droguerías se ajusten a los requerimientos técnicos, se sumarán a la atención del convenio."


En nuestra pág web a través del link https://asofar.com.ar/obras-sociales podrán descargar: 
Instructivo de Validación 
Listado de accesorios del stock de cada fcia. 
Listado Fórmulas Magistrales

 

 

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