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INFORMATIVO N*042 IOMA Recordatorio para evitar débitos

2022-06-28

IOMA
RECORDATORIO PARA EVITAR DEBITOS

A continuación, transcribimos puntos a tener en cuenta para evitar débitos en el expendio de medicamentos a los beneficiarios de la Obra Social IOMA, que fuera publicado en el Boletín de Colfarma N° 43/2022 de fecha 23/06.

– Debe existir relación entre el producto prescripto y lo autorizado. Por razones de stock comercial, se puede reemplazar la cantidad de envases respetando la dosis autorizada y prescripta. Por ejemplo: 200mg x 60 puede reemplazarse a: 2 envases de 200mg x 30 o bien 3 envases de 200mg x 20.
– No se permiten autorizaciones enmendadas.
– El número de receta especificado en la O.P (Orden de Provisión) N° 1°, debe coincidir con la receta que se adjunta a la misma.
– Las recetas autorizadas en la provisión Nº 1 deben estar firmadas y selladas con el sello de la delegación y del médico auditor o por el delegado administrativo autorizado al dorso de la receta.
– En las recetas con autorización Nº 1, la fecha de vigencia cuenta a partir de la fecha de autorización del trámite.
– Las recetas autorizadas deben estar dispensadas dentro de las fechas de validez de la autorización.
– Las recetas autorizadas por Amparo deben estar acompañadas por la copia del oficio que respalda el o los productos dispensados.
– Las recetas de afiliados de otras jurisdicciones (afiliados X) deben estar acompañadas por la copia de la autorización provisoria de la Obra Social de origen, provista por el afiliado.
– Las recetas del programa Mami, prescriptas con pañales, tendrán la cobertura de $ 672,50 y deben estar acompañadas con su respectiva autorización.
– Las recetas del Plan MEPPES deben estar siempre acompañadas de su respectivo Remito de droguería en original o bien la copia.

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