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NoticiasInformativosINFORMATIVO N*061. ObSBA. Actualización Normas Operativas

INFORMATIVO N*061. ObSBA. Actualización Normas Operativas

2021-07-07

IMPORTANTE !!!

OBSBA
Actualización Normas Operativas

Sres. Asociados:

              Remitimos a Uds. la actualización de las Normas Operativas de OBSBA recibidas en el día de la fecha.

El afiliado deberá llevar la receta impresa
Ante cualquier inconveniente con la validación, contactar a la Mesa de Ayuda de Imed al 0810-122-7427, Lunes a Viernes de 8 a 20 hs. Sábados de 9 a 13 hs
Ob.SBA 
(OBRA SOCIAL CIUDAD DE BUENOS AIRES) 
1. AMBITO DE APLICACIÓN
Capital / Prov. Bs. As. / Interior del País 
2.  DESCUENTOS 
Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos. 
Plan:  A cargo del afiliado:  A cargo de la entidad: 
Ambulatorio  50% 50%
PMI 0% 100%
Crónicos 30%-0% 70%-100% 
Todas las coberturas SEGÙN VALIDACION ON LINE 
3.    REQUISITOS DE LA RECETA
Tipo de Recetario:  Electrónico de ObSBA: podrá o no incluir imagen de firma y sello médico. Ver modelos adjuntos
Convencional de médico u odontólogo con membrete impreso o sello identificatorio en caso de Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales - siempre con firma y sello médico del profesional de puño y letra.
Recetarios con prescripciones pre impresas, siempre que los mismos contengan firma del profesional de puño y letra, y el sello original. Es decir el sello y la firma no podrán estar  pre impresos en las recetas. 
Importante: no confundir con Recetario Electrónico de ObSBA.
emergencia Pandemia COVID-19 Durante la emergencia sanitaria las farmacias podrán recibir recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc). 
El afiliado deberá llevar la receta impresa
Estas recetas que no son originales, deben contar con la leyenda "Emergencia COVID" obligatoriamente. Si no consta dicha leyenda deberan rechazar la receta. 
La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia 
Las recetas deberán ser validadas por Imed como cualquier otra receta.
Datos contenidos en la receta:  Denominación de la Obra Social 
Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación 
Fecha de emisión de la receta. 
Firma y sello aclaratorio del profesional.  
Detalle de los medicamentos 
Cantidades de los medicamentos en números y letras 
Validez     
a) para la venta:  30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e  incluyendo la misma. 
b) para la presentación:  60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma. 
c) Para la refacturación:   30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación. 
RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA 
Cantidad de Medicamentos, y tamaños por receta:  Cantidad de unidades: lo prescripto por el profesional y aprobado por la validción
Cantidad de renglones: lo prescripto por el profesional y aprobado por la validación
Tamaño no especificado: vender la menor presentación.  
Especifica ¨grande¨: vender la presentación siguiente a la de menor tamaño. 
Psicofármacos:  Lista II (receta oficial):   Receta de Salud Pública 
Receta adjunta de la institución.         
Lista III y IV (receta archivada):   Receta oficial por duplicado, con sello y firma del médico, aún estando el sello impreso. 
4.     REQUISITOS DEL AFILIADO
Deberá presentar:  Credencial de afiliación en vigencia (Ver punto 9 Credenciales) 
Receta correspondiente. 
Documento de identidad. 
5.    REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO
La farmacia deberá cumplimentar lo sgte.:  Pegar o abrochar el  troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos.  
Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T. 
Fecha de dispensación  
Importes unitarios y totales y porcentaje a cargo de la entidad. 
Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto. 
Firma del asociado y aclaración. 
Firma del tercero, aclaración de firma y número de documento de identidad, el cual deberá ser exhibido. 
Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico. 
La farmacia deberá adherir la copia del ticket fiscal de la venta a cada receta. 
6.   ENMIENDAS
Recordar:  Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma. 
Si en la receta el número de socio estuviese equivocado o incompleto, el farmacéutico podrá salvar cualquiera o todos los dígitos del mismo para que concuerde con el número impreso en la credencial. 
7.  VALIDACION ON LINE  
La validación on line es obligatoria a través de www.imed.com.ar
Si el validador no aprueba la transacción, la receta no podrá ser dispensada, aunque la misma se encuentre autorizada por médico auditor, esto incluye las Ordenes de Dispensa emitidas por la Obra Social
Tener presente que cuando se valida on line se debe ingresar el número de afiliado con la misma cantidad de dígitos pero sin espacios ni guiones. 
Para la validación on line de la receta electrónica, se debe ingresar obligatoriamente el número de receta en IMED
Las Farmacias deberán hacer los cierres de lote y cierres de presentación on line. 
consultar en página IMED fechas de cierre on line. 
8.   AUTORIZACIONES

Únicamente podrán recibirse rectas autorizadas por la Obra Social, para producto DIU no medicamentoso y FÓRMULAS MAGISTRALES. (ver Anexo listado médicos habilitados) 

 

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