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NoticiasInformativosINFORMATIVO N 075 PAMI Autorización transitoria de recetas Particulares y manuales

INFORMATIVO N 075 PAMI Autorización transitoria de recetas Particulares y manuales

2023-08-03

PAMI
Autorización transitoria de recetas
Particulares y manuales

Adjuntamos, ANEXO I Autorización transitoria de recetas particulares y manuales de la Disposición DI-2023-1426-INSSJP-SPS#INSSJP emitida por INSSJP que se recibiera en el día de la fecha, en mismo se detallan las Características que deben tener las recetas manuales aceptadas por el Instituto y como deben ser el acondicionamiento de las mismas para su presentación.
Ante cualquier duda por favor comunicarse a nuestra oficina, con el sector de Obras Sociales a los siguientes teléfonos 4331-0951 / 0957 int.110.

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Informe
Número: IF-2023-89600899-INSSJP-SPS#INSSJP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Agosto de 2023
Referencia: ANEXO I | Autorización transitoria de recetas particulares y manuales
ANEXO I
Características de las recetas manuales aceptadas por el Instituto
Las recetas manuales (recetarios particulares) habilitadas hasta tanto ocurra el restablecimiento de los sistemas del
Instituto, deberán cumplir con las siguientes características para su aceptación por parte de las farmacias:
Nombre y Apellido de la persona afiliada.
Número de beneficio
Prescripción: Nombre del medicamento expresando dosis y cantidad; presentación comercial (indicar forma
farmacéutica, contenido y concentración del medicamento). En caso de no contar con unidad de medida,
deberá dispensar la menor existente.
Firma y sello del profesional que prescribe.
Fecha de prescripción en números arábigos.
Todos estos datos deben ir con la misma letra y la misma tinta y cualquier observación debe ser salvada por
el médico prescribiente quién, además, debe firmar y sellar nuevamente la receta
En caso de error y/u omisión, el farmacéutico podrá salvar el número de beneficio de la persona afiliada,
deberá, a tal fin, firmar y sellar la receta.
Con cada receta se podrá dispensar un máximo de dos RP y un máximo de dos cajas para cada uno de ellos.
La validación de los recetarios particulares se realizará en un plan específico que estará disponible en FarmaPami y
en los sistemas de gestión habilitados.
Acondicionamiento de las recetas manuales aceptadas por el Instituto
Las recetas manuales (recetarios particulares) dispensadas deberán presentarse obligatoriamente junto con el
comprobante de autorización (OPF).
Para facilitar las tareas de auditoría, las recetas manuales particulares dispensadas deberán presentarse en lotes independientes, respetando los mismos las condiciones de presentación del Convenio vigente. Las farmacias
deberán cerrar una presentación particular para este plan y las instituciones de presentación deberán hacer lo propio
con los cierres de manifiesto.
La OPF deberá estar adherida a la receta manual dispensada. Los códigos de barra de la OPF, la totalidad de los
troqueles y las firmas y sellos deben estar siempre visibles. La farmacia debe asegurarse de no obstruir con la OPF
ningún elemento de la receta.
La/el farmacéutica/o deberá sellar y firmar la receta u OPF. La firma y sello deberá estar siempre visible.
No es necesaria la presentación de los tiques fiscales, no se recomienda la presentación de los mismos dado que
pueden obstruir elementos esenciales para la auditoría farmacéutica.
La presentación no debe contener elementos metálicos (broches, clips, etc).
Debe usarse sólo pegamento en barra.
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Date: 2023.08.02 23:21:32 -03:00
Federico Hoffmann
Coordinador General
Secretaría de Políticas Sanitarias
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
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Date: 2023.08.02 23:21:33 -03:00

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