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NoticiasInformativosINFORMATIVO N* 077 PAMI

INFORMATIVO N* 077 PAMI

2023-08-08

Autorización Transitoria de
Recetas Particulares y Manuales
Aclaraciones

 

Recordamos el mecanismo de autorización de manera excepcional y de forma transitoria, para la dispensa de medicamentos Oncológicos, Tratamientos Especiales y Ambulatorios, Clozapinas y Diabetes para todos los planes de cobertura y liquidación, a través de la Receta Manual del INSSJP o mediante Receta particular dispuesto por PAMI la semana pasada y de acuerdo con las características y modalidades que se detallan a continuación: 

CARACTERÍSTICAS DE LAS RECETAS MANUALES ACEPTADAS POR PAMI:
Las recetas manuales (recetarios particulares) podrán ser: Recetarios particulares con membrete / Recetarios particulares sin membrete / Recetarios con propaganda de laboratorios 
Estos tipos de recetas se encuentran habilitadas hasta tanto se reestablezcan los sistemas del Instituto y deberán cumplir con las siguientes características para su aceptación por parte de las farmacias:
1. Nombre y Apellido de la persona afiliada.
2. Número de beneficio.
3. Prescripción: Nombre genérico del medicamento expresando dosis y cantidad; presentación comercial (indicar forma farmacéutica, contenido y concentración del medicamento). En caso de no contar con unidad de medida, deberá dispensar la menor existente. La receta puede contar con sugerencia de nombre comercial o no.
4. Firma y sello del profesional que prescribe.
5. Fecha de prescripción en números arábigos.
6. Todos estos datos deben ir con la misma letra y la misma tinta y cualquier observación debe ser salvada por el médico prescribiente quién, además, debe firmar y sellar nuevamente la receta.
7. En caso de error y/u omisión, el farmacéutico podrá salvar el número de beneficio de la persona afiliada y deberá a tal fin, firmar y sellar la receta.
8. No es obligatorio que la receta cuente con diagnóstico.
Con cada receta se podrá dispensar un máximo de dos RP y un máximo de dos cajas para cada uno de ellos.
Carga de los datos del médico: El médico se carga por matrícula, al ingresar la matrícula el sistema hace una búsqueda y si encuentra el nombre y apellido completa ese item. Pero si el sistema no encuentra el nombre y apellido del médico deben dejar ese item en blanco y seguir con la carga. No deben forzar la carga del médico por dato nombre y apellido.
CASO DE RECETAS OFICIALES PAMI COLOR CELESTE: Puede ocurrir que alguna farmacia. reciba estas recetas intente validarlas por el Farmapami Ambulatorio habitual y al cargar el número de receta (inserto en dicho recetario) el sistema no lo permita. Ante esta situación y por excepción la farmacia. debe intentar la carga y validación de esta receta por el sistema de Recetas particulares manuales de emergencia y la razón es: Pami no procedió todavía a la carga de la numeración de todo ese universo de recetarios celestes. Por eso si el sistema habitual del Farmapami no reconoce ese número de recetario celeste, que por excepción se lo cargue desde Recetas Particulares Manuales de Emergencia.
La validación de los recetarios particulares manuales se realizará en FarmaPami en la opción:
1. RECETAS PARTICULARES MANUALES POR EMERGENCIA.
2. PAMI SUPLEMENTOS NUTRICIONALES RECETAS PARTICULARES MANUALES DE EMERGENCIA.
No será necesario completar el campo Número de Receta.

ACONDICIONAMIENTO DE LAS RECETAS MANUALES ACEPTADAS POR EL PAMI
Las recetas manuales (recetarios particulares) dispensadas deberán presentarse obligatoriamente junto con el comprobante de autorización (OPF).
Las recetas manuales particulares deberán presentarse en lotes independientes respetando las condiciones de presentación vigentes.
La OPF deberá estar adherida al dorso de la receta manual de manera tal que de un lado se vea la cara de la receta y al dorso la cara de la OPF que deberá contener los troqueles de los productos dispensados Los códigos de barra de la OPF, la totalidad de los troqueles y las firmas y sellos deben estar siempre visibles. La farmacia debe asegurarse de no obstruir con la OPF ningún elemento de la receta.
La/el farmacéutica/o deberá sellar y firmar la receta u OPF. La firma y sello deberá estar siempre visible.
No es necesaria la presentación de los tickets fiscales, no se recomienda la presentación de los mismos dado que pueden obstruir elementos esenciales para la auditoria farmacéutica.
La presentación no debe contener elementos metálicos (broches, clips, etc)
Cierre y Presentación: Las recetas papel particulares deberán ser agrupadas y cerradas en lotes aparte de las recetas habituales, con una carátula específica, y presentadas separadas de las recetas PAMI oficiales habituales.
Cuando se haga el cierre de quincena, se deberá realizar dos presentaciones: 
1. Una con las recetas de Pami habituales.
2. Otra con las recetas particulares manuales formato papel que se hayan validado.

 

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